El discurso de la discriminación y los Delitos de Odio

¿Cómo puede llegarse a odiar a alguien que no se conoce? Odiarlo por el color de su piel, rechazarlo por su orientación sexual, desearle cualquier mal por su religión, llegar a perpetrar ese mal contra él por ser discapacitado o por dormir en cajeros, odiar a alguien porque no nos gusta cómo piensa o cómo viste… y si se odia, se insulta, se agrede o hasta se asesina impulsado por ese odio.

El “Discurso del Odio”

Es algo que existe en nuestra sociedad. No vamos a ser hipócritas, la mayoría de nosotros nos creemos con más derecho que otros (por ser más joven, tener un curriculum más abultado o haber nacido en el mismo país donde vivimos) esto es palpable en nuestro día a día, en nuestra pretensión de acceso laboral (primero han de ser los españoles los que trabajen), en el ámbito sanitario (asistimos a los inmigrantes ilegales que vienen a nuestro país a beneficiarse de nuestra Seguridad Social) o el sistema educativo (en las guarderías y colegios públicos dan preferencias a gitanos y moros). Esa adulterada creencia nos da el falso derecho a juzgar sobre cómo los demás deberían pensar, actuar, sentir, llevar su vida, o lo que es peor, con comentarios como el que acabas de leer en cursiva, fomentamos, a veces sin darnos cuenta, el “Discurso de Odio”.

Al hacer esto, no solo reducimos de manera injusta la maravillosa complejidad del otro, sino que muy probablemente tendamos a adoptar una atención selectiva de su imagen; es decir, que solo veamos aquello que corrobore nuestra hipótesis sobre ese individuo (o colectivo) y a desechar todo aquello que no se ajuste a dicha hipótesis, adoptando una percepción del “otro” mucho más rígida; justo en este punto es donde florece el “Discurso de Odio”. Un discurso basado en la mentira y la calumnia, en el doble rasero para juzgar los hechos, en las burdas simplificaciones o exageraciones absurdas que llegan a un público ávido de escándalo y que acaba por creérselo todo.

Internet se ha convertido en una herramienta clave para difundir este discurso, son más de 1.500 las páginas que fomentan el odio contra lo diferente y promueven el asociacionismo en esta materia, pero no solo este tipo de portales incurren en ello. Los medios de comunicación se han convertido en modernos tribunales de la Santa Inquisición, emitiendo veredictos condenatorios basándose en opiniones o declaraciones parciales, a veces sin ser suficientemente cotejadas, apoyándose en testimonios aislados y sin respetar la máxima fundamental del derecho: “la carga de la prueba recae en el acusador y no en el denunciado”.

Quizá esté persiguiendo mis propias sombras después de estudiar este tema, pero siempre me ha llamado la atención la forma que tienen de narrar los sucesos de impacto todos los medios de comunicación. Por cada noticia delictiva (robo, violación, asesinato) absolutamente todos los medios sienten esa necesidad de contarnos la nacionalidad o incluso el origen extranjero que tiene el “supuesto autor de los hechos” (el asesino confeso de origen marroquí… la policía ha detenido a dos ciudadanos colombianos…), algo que no sucede cuando el que delinque es nacido en Tineo, Calamocos o Villanueva del Pardillo. Esto ha provocado, que casi de manera inconsciente, después de escuchar la noticia de un suceso desagradable, deseemos que quien lo ha cometido sea alguien ajeno a nuestra cultura, raza o país. Es nuestro peculiar falso consuelo.

Al pensar en un discurso, no solo debemos quedarnos en las palabras, sino que hemos de entenderlo de un modo mucho más amplio; así en manifestaciones del Secretario de Estado de Seguridad (Francisco Martínes), también se tendrán en cuenta la «propaganda, estandartes, banderas de carácter extremista, o que el incidente haya ocurrido en el entorno de un determinado lugar de culto o establecimiento de un grupo minoritario». También «la relación del sospechoso con grupos ultras violentos, de manera particular en el ámbito deportivo, la aparente gratuidad de una agresión o la enemistad histórica». Así mismo, para determinar la inclusión en esta clase de delitos, también se atenderá a detalles del agresor, tales como “posibles tatuajes, vestimenta o su estética”.

Ni qué decir tiene, que este no es una problemática nueva, pero sí que de algún modo, la crisis económica ha traído consigo una crisis de valores, que se ha traducido entre muchos aspectos, en el crecimiento a nivel europeo de partidos de extrema derecha que han elaborado sus programas electorales en base a este discurso.

En su defensa, muchos podrían abogar a la importancia de la Libertad de Expresión, pero de lo que se trata es de aplicar la mera lógica y sentido común. Estarás de acuerdo conmigo en que existen unos derechos más importantes que otros, y que tu libertad terminará donde empiece la del prójimo. Esta frase, que no es más que el principio universal del civismo, es la que se debe aplicar cuando confrontamos derechos tan fundamentales como son la Libertad de Expresión frente al Derecho a vivir sin ningún tipo de miedo o intimidación, el Derecho a la dignidad o la Igualdad social sin sufrir ningún tipo de discriminación o exclusión. Es por ello, que el “Discurso del Odio” (sea frente al colectivo que sea) no es equiparable a cualquier otro punto de vista legítimo que aparece en una opinión dentro de un Discurso Público. Debemos aprender de nuestra propia historia, y recordar que la propaganda o difusión de puntos de vista racistas (precisamente en otra época de crisis) dio origen a una de las etapas más oscuras de la Europa del S.XX.

“Delitos de Odio”

El término “Delitos de Odio” no existe como tal en nuestra actual normativa penal, aunque sí que podríamos dar una definición de ellos; viniendo a ser «todas aquellas infracciones penales o administrativas contra las personas por razón de raza, etnia, religión, edad, discapacidad orientación sexual o cualquier otro factor como las diferencias ideológicas», en definitiva sería toda manifestación de intolerancia que podría venir precedida de una acción.

Para poder visualizar mejor este nuevo concepto, sería algo similar a lo que ocurrió con la denominada “Violencia de Género”, no se inventaron hechos nuevos (las lesiones, amenazas, coacciones o vejaciones siempre habían existido) pero sí empezaron a protegerse bienes jurídicos diferentes a la integridad física o moral, como son la preservación de la paz en el ámbito familiar, el respeto mutuo o la igualdad entre hombre y mujer dentro de la pareja. Con la tipificación de los “Delitos de Odio” se pretenderá proteger de un modo genérico la No Discriminación, ya sea de forma individual o como medio para la protección de un colectivo determinado.

Según el informe sobre la evolución de esta clase de delitos en España, en el año 2013 se produjeron 1.172 incidentes relacionados con estos delitos:

Por homofobia (orientación/identidad sexual)

452
Por racismo o xenofobia 381
Por discapacidad 290
Por creencias o prácticas religiosas 42
Por aporofobia (mendigos, indigentes,..) 4
Por antisemitismo 3
TOTAL

1.172

Los tipos penales que se dieron para lesionar a estos colectivos fueron diversos; y excluyendo el “Abuso sexual” que estaba muy relacionado con hechos cometidos contra la “Orientación o identidad sexual”, el resto de delitos estaba muy repartido respecto al ámbito concreto de comisión:

Abuso sexual 164
Lesiones 149
Amenazas 114
Agresión sexual 91
Actos racistas e intolerantes en el deporte 83
Hurto 67
Agresión sexual con penetración 64
Vejaciones Leves 58
Exhibicionismo 32
Resto 350
TOTAL 1.172

Quizá si valoramos este número de denuncias (1.172) de forma aislada no sean como para crear una alarma social, más aún si lo comparamos con las más de 27.000 denuncias interpuestas por razón de Violencia de Género, o con las 219.776 condenas que se impusieron por la comisión de todo acto delictivo recogido en nuestro Código Penal (según datos de 2013 del INE). Lo que realmente debería preocuparnos es la falta de sensibilización con estas acciones, ya que al igual que ocurriera con la Violencia de Género, la sociedad aún no es consciente de la problemática que suscita este tema, ni por supuesto, aún tenemos las herramientas para detectar, controlar y actuar frente a esta otra lacra que siempre ha existido en cualquier sociedad; el rechazo hacia lo diferente.

Es por ello, que entre el 60% y el 90% de las víctimas de delitos motivados por sentimientos de odio no denuncian su situación (datos de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales –FRA-). La mayoría de las víctimas no denuncian porque creen que nada va a cambiar si lo hacen y porque sucede tan a menudo, que piensan que de nada va a servir el denunciarlo. La homofobia es el “Delito de Odio” más extendido en nuestra sociedad (452), según una encuesta de la Agencia Europea de Derechos Humanos sobre homofobia, el 32% de los encuestados cree que denunciar no sirva para nada, un 16% no denunciaría por miedo a las represalias, e incluso a un 15% le daría vergüenza denunciar por miedo a revelar su identidad sexual. En palabras de Elvira Tejada (Fiscal contra Delitos de Odio): “creo que no se fían del sistema, creen que el Estado y las Instituciones no van a ser capaces de protegerles”, y es algo perfectamente comprensible, pienso en acciones de marcada connotación xenófoba u homófoba (por ser las más conocidas) como pueden ser insultos en público, amenazas o incluso agresiones leves, y con la actual regulación del Código Penal no van a pasar de ser calificados como una falta; esto es, varios días de localización permanente o una multa de escasa entidad. Por no entrar a valorar los datos estadísticos sobre delitos ligados a la aporofobia (4), ¿realmente pensamos que personas que duermen entre cartones y buscan su comida entre las sobras de los demás, que son marginadas por toda la sociedad (incluida las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad) van a acudir a comisaría o al juzgado a presentar denuncia? Creo que solo en los informativos, ya vi el doble de grabaciones de palizas y vejaciones a mendigos, que las 4 denuncias registradas en este informe.

La última memoria de la Fiscalía General, reconoce expresamente que este tipo de agresiones no están debidamente catalogadas. No tenemos herramientas jurídicas para combatir esta clase de delitos. Aun así, el actual informe que estamos analizando es un pequeño paso hacia la exposición del problema de manera pública por parte del Estado. En materia de prevención, algunas unidades de policía local están llevando a cabo programas especializados en prevenir la divulgación del “Discurso de Odio”, así por ejemplo, en Fuenlabrada existe el programa “borrar odio”, consistente en eliminar de las fachadas mensajes degradantes dirigido a cualquier colectivo. El Consejo de Europa, por su parte ha creado la campaña “No hate speech” contra la intolerancia en internet y colabora con nuestras administraciones en la preparación y sensibilización policial y judicial. Desde Fiscalía General se ha creado un grupo de 50 fiscales repartidos por cada provincia española, especializados en atender y detectar los Delitos de Odio. Al mismo tiempo el Ministerio del Interior está colaborando con el de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en la creación de un Mapa de Discriminación. En el plano pedagógico se han dispuesto programas de preparación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que ha supuesto la formación de 400 agentes especializados.

Como digo, estamos avanzando en ciertos campos, pero no podemos protegernos sólo con la redacción de un informe del Ministerio del Interior; esto son solo estadísticas. Borrar insultos y amenazas escritas contra un colectivo en una fachada, no hace más que dejar limpia una pared a la espera de albergar una nueva frase de odio. 400 policías y 50 fiscales especializados no servirán más que para poder contabilizar denuncias y delitos que a día de hoy carecen de respuesta específica.

La lucha contra los “Delitos de Odio” ha de convertirse en la defensa de los valores comunes en nuestra democracia. Lo peor que puede pasarle a una sociedad como la nuestra es encontrar la respuesta del silencio ante la violación de derechos; y ello está sucediendo al hacer creer a los ciudadanos que están desamparados ante un ataque discriminatorio. Si realmente aspiramos a respetar la diversidad, el pluralismo y la dignidad de cada ser humano, existen muchas formas de intentar ser una sociedad mejor, diversos modos de prevenir la comisión de estas acciones delictivas, pero solo una manera de actuar contra ellas una vez se hayan cometido, y esa es la tipificación expresa en nuestra normativa penal y establecimiento de medidas de protección integral contra sus víctimas.

Javier García Rodríguez (Abogado 4016 ICAC)

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